Exclusion y Educacion

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Israel

martes, 27 de julio de 2010

Obligatoriedad en educación

Desde los comienzo de la legislación entorno a la Educación Pública, ya se visualiza una tendencia a la obligatoriedad en educación, debido principalmente a que en el siglo XIX, existía un alto número de personas que no poseía los conocimientos mínimos en las áreas educativas impartidas por la escuela; esta situación era segmentada según el nivel socioeconómico y el sexo de los ciudadanos, ya que las mujeres eran las menos instruidas por su condición de género. En este sentido cabe preguntarse, ¿Qué políticas educativas han profundizado la obligatoriedad en educación?, ¿Cuántos años de escolaridad son los que garantiza?
Ya en la constitución política de 1833, se esboza la idea de obligatoriedad, pero no se concretiza explícitamente, sólo se menciona la existencia de obligatoriedad en el código penal artículo 495 inciso 15, que castigaba a los padres o tutores por la inobservancia de la educación, no obstante, no existía un sistema donde hubieran funcionarios encargados de hacer cumplir la ley.
En 1860, bajo la Ley Orgánica, es donde por primera vez se aborda explícitamente el tema de obligatoriedad escolar. En el artículo 1° dice “La instrucción primaria se dará bajo la Dirección del Estado” (Por lo tanto aparece la idea de la Obligatoriedad de la Instrucción Primaria).
Ley Nº 3.654 del 26 de Agosto de 1920 y publicada en el Diario Oficial con el Nº 12.755, en su Título Preliminar, artículo único dice: La Educación primaria es obligatoria. Lo que se dé bajo la dirección del Estado y de las Municipalidades será gratuita y comprenderá a las personas de uno y otro sexo”. Además, asegurar cuatro años de educación para niños y niñas.
En 1927 se elevó a 6 años la escolaridad, pero cabe destacar que en 1929 la ley de instrucción primaria obligatoria se perfeccionó y se cambia el concepto de instrucción por educación, y ratifica el carácter de obligatoriedad y gratuidad durante los 6 primeros años.
En 1965 se elevó la escolaridad a 8 años. Con la aplicación de estos dos años más de obligatoriedad se cambia la estructura escolar, formando una sola escuela básica de 8 años.
El 26 de Agosto del 2002, el Presidente Ricardo Lagos firma y envía el proyecto de ley que asegura 12 años de escolaridad a todos los niños, niñas y adolescentes; el que actualmente fundamenta la participación de los estudiantes en la educación básica y educación media, con libre elección del establecimiento; libertad que queda limitada al acceso económico y geográfico de las familias.
En 2003 se promulgó la Reforma Constitucional que establece la enseñanza media obligatoria y gratuita, con lo que se busca que los jóvenes tengan un mínimo de 12 años de escolaridad. Esta Reforma implica un importante desafío para el país, considerando que en el contexto actual el término de la enseñanza media constituye el piso mínimo para que los jóvenes aprovechen las oportunidades para una mayor integración social y laboral.
Si bien estas diferentes muestras de preocupación Estatal por la obligatoriedad de enseñanza, asientan los principios legales; en la práctica y con la evidencias de indicadores concretos, se sabe que Chile aún no logra alcanzar los estándares impuestos, situación que queda en evidencia al analizar los Indicadores de Educación (Ministerio de Educación, 2007) en torno a:
- A nivel nacional existe un promedio de escolaridad de 10,4 años en los hombres y 10,1 años de escolaridad en las mujeres. Siendo particularmente la Región del Maule la que presenta el indicador más bajo a nivel país, donde los ciudadanos alcanzan en promedio 8,8 años de escolaridad.
- A nivel nacional existe un 25% de la población mayor de 25 años, que no ha culminado con su educación básica.
- A nivel nacional, la tasa de deserción escolar en educación básica asciende al 1,2 %, siendo en 7º y 8º año básico los cursos donde ésta cifra se ve incrementada a un 2,2% y 1,6% respectivamente.
- Tasa de deserción escolar en educación media a nivel país asciende a 7,3%, siendo el curso de mayor riesgo de deserción 1º y 3º año Medio con un 8,7% y 8,3% respectivamente.

Lo anterior se desprende de la tesis inédita: Los factores asociados a la retención escolar en escuelas rurales de la provincia de Talca, años 2008 – 2009, Trabajo de Graduación para obtener el grado académico de Magíster en Política y Gestión Educacional Ángela Paulina González Calderón, Universidad de Talca
Pero, para ser más específicos en lo que se quiere dar a conocer cabe preguntarse: ¿Qué entenderemos por deserción escolar?, ¿cuáles son las implicancias de este fenómeno educativo?

1 comentario:

  1. Aún más... si existiese un catastro real de los niños y jóvenes que abandonan la educación formal.. nos sorprenderíamos al saber que un gran número de ellos, termina vinculado a hechos delictivos, recluidos o siendo madres o padres precoces...
    Necesitamos a niños y niñas sanos... alegres... felices de ir a la escuela... y que el estado asuma de una vez por todas que la educación transforma y no reproduce un modelo... ya no más planes y programas generales... abramos las puertas a innovar... a crear... sólo así las barreras de la pobreza y exclusión social serán derribadas...

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